A partir de la resolución de la Caja Sullana, se prohíbe iniciar contra ella procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo.
Mediante la RESOLUCIÓN SBS Nº 02497-2024, la SBS resolvió «declarar la disolución de la Caja municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A. en intervención, sometida a Régimen Especial Transitorio, iniciándose el respectivo proceso de liquidación por las causales y fundamentos detallados en la parte considerativa de la presente resolución».
Asimismo, declaró una serie de prohibiciones a partir de la resolución de la Caja Sullana, entre las que se incluyen:
- Iniciar contra la Caja municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A., procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo.
- Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas contra ella.
- Constituir gravámenes sobre alguno de los bienes de la precitada empresa, en garantía de las obligaciones que le conciernen.
- Hacer pagos, adelantos o compensaciones o asumir obligaciones por cuenta de ella, con los fondos o bienes que le pertenezcan a la indicada empresa y se encuentren en poder de terceros.
Fuente: RPP